Al iniciarse la matrícula escolar para el año 2012, el Ministerio de Educación recuerda a los padres de familia que realicen con responsabilidad y con tiempo dicho procedimiento, con el objetivo de llevar con orden las inscripciones de sus menores hijos. La matrícula es única y gratuita.
En un rápido recorrido por diversas instituciones educativas públicas de Lima, se observó que se ha iniciado el proceso de inscripción, pero los padres de familia aún no acuden a realizar las matriculas correspondientes, como es el caso de la I.E Manuel Gonzales Prada Nº 7083 de San Borja.
El Director de este centro educativo, Julio Simoni Castillo informó que el proceso de matricula se inició sin ningún inconveniente pero con la ausencia de padres de familia. Agregó, que el procedimiento se lleva a cabo como manda la normativa, emanada del Ministerio de Educación.
Es importante señalar que la normativa de matricula para el año escolar 2012, señala que para las inscripciones en Educación Inicial, ya sea las instituciones educativas y/o programas no escolarizados, públicos o privados se realizará de acuerdos a la edad cronológica de los niños y niñas, considerando los años cumplidos hasta el 31 de marzo. La misma situación se presenta para los escolares de primer grado de Primaria, quienes deberán tener 6 años cumplidos al inicio del año escolar.
Se advierte a los padres de familia, que en virtud de proteger sus derechos, dentro del proceso de desarrollo de sus niños y niñas, la matricula no está condicionada al pago previo de la cuota de APAFA, evaluación de ingreso para nivel inicial o primer grado de Primaria, compra de útiles escolares, textos o uniformes, ni están obligados a realizar aportes.
Situación contraria, los padres podrán realizar sus denuncias en las oficinas de CADER que se encuentran dentro de las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL), y/o llamar a la línea gratuita 0800-13687.
En el caso de colegios privados la matricula escolar no puede estar condicionada al pago previo de pensiones o contribución voluntaria, ni exceder el monto de la pensión mensual. También, no se puede obligar la adquisición total de los útiles escolares, ni de establecimientos señalados por los centros educativos privados.
Fuente Prensa MED