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Matrícula escolar es única y gratuita en colegios públicos, recuerda el MED

El Ministerio de Educación recordó hoy que en todos los colegios públicos del Perú la matrícula es única y gratuita, y se realiza solo cuando el menor ingresa a la educación Inicial o Primaria, o cuando se traslada de una institución de educación privada a una pública.

Al momento de realizar la matrícula, está prohibido el pago previo de la cuota de Apafa, la evaluación de ingreso para el nivel Inicial o el primer grado de Primaria, o la existencia de compra de útiles escolares, materiales, textos o uniforme escolar.

“Los directores o integrantes de Apafa no pueden obligar a realizar aportes económicos para el mantenimiento del colegio o por otros conceptos, compras de materiales educativos ni exigir la compra de uniformes o textos escolares.  En las instituciones públicas no debe existir ningún tipo de condicionamiento económico”, indicó el portafolio.

Asimismo, explicó que para salvaguardar el respeto por los procesos de desarrollo de los niños y niñas, la matrícula en Educación Inicial -sea en las instituciones educativas y/o programas no escolarizados, públicos y privados- se realizará de acuerdo a la edad cronológica de los niños y niñas, considerando los años cumplidos hasta el 31 de marzo.

Por ejemplo, si un niño cumple 4 años el 01 de abril deberá ser matriculado en el aula de 3 años de acuerdo a la resolución ministerial 0516-2007. Similar situación se presenta para primer grado de Primaria, donde los y las escolares deberán tener los 6 años cumplidos al inicio del año escolar.

Los padres de familia, que sean víctimas o conozcan de cobros indebidos u otras situaciones irregulares en colegios públicos, pueden realizar sus denuncias en las oficinas de CADER que se encuentran en las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL), así como a la línea gratuita 0800-13687.

En el caso de los colegios privados, añadió el portafolio, no se puede condicionar la matrícula escolar al pago previo de pensiones, o contribuciones denominadas voluntarias.

Tampoco se puede obligar a los padres de familia a la adquisición del íntegro de los útiles escolares, al inicio del año escolar o a la compra de uniformes, materiales o útiles escolares en establecimientos señalados con exclusividad por los centros educativos.

Según la normatividad vigente, el pago por concepto de matrícula no podrá exceder el monto de la pensión mensual.

Para presentar sus reclamos sobre este tipo de irregularidades en colegios particulares, los padres de familia lo pueden hacer ante Indecopi, las UGEL de acuerdo a la ubicación de las instituciones educativas y en los Libros de Reclamaciones.

Fuente Andina